Normativa / Recomendaciones de Uso.
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1º.- Cuando se encuentre en la parada y se aproxime el Bus de la línea que desea coger, levante la mano, para facilitar al conductor su correcto servicio.

2º.- El viajero tiene la obligación de solicitar el billete, que éste sea el que corresponde con su condición y conservarlo para inspección durante todo el trayecto. De no ser así puede ser sancionado y pierde el derecho al seguro en el caso de accidente. El conductor no es el responsable, si lo extravía.

3º.- Se puede utilizar la misma tarjeta bonobús para el pago de varios billetes (hasta un máximo de cinco).

4º.- Es conveniente abonar el billete con el importe exacto y, en su defecto, con moneda cuya cuantía máxima sea de 10 euros (el conductor no está obligado a cambiar moneda superior).

5º.- No se debe dificultar la entrada y salida de los demás pasajeros.

6º.- Está prohibido mantener conversación con el conductor mientras presta su servicio.

7º.- Por su seguridad no intente acceder al autobús si no está detenido en la parada.

8º.- Tienen acceso gratuito al bus los menores de 14 años. Hasta los 6 años podrán acceder gratuitamente sin ningún título de viaje. De 6 a 14 años deberán estar en posesión del Abono Menores de 14 años, que se expide en la Oficina Municipal de Transportes de León, obligatorio para acceder a la gratuidad.
En todo caso, los menores de 12 años deberán viajar en todo momento acompañados por un adulto que posea su correspondiente título de transporte.

9.- Respete los asientos reservados a personas con movilidad reducida, con bebés, ancianos o mujeres embarazadas.

10.- No se permite viajar en situación que atente contra el respeto al resto de viajeros y conductor, ni tampoco la venta ambulante, ni la distribución de propaganda en el interior del autobús.

11.- No debe viajar portando bultos o efectos que por tamaño o características molesten al resto de los viajeros o sean peligrosos para ellos o para el correcto funcionamiento del autobús.

12º.- Los viajeros que deseen acceder al bus con vehículos de movilidad personal, como los patinetes, bicicletas, etc., deberán llevarlos plegados y debidamente sujetos durante todo el trayecto.